por parte del Distrito Capital de Bogotá, de unos actos administrativos, entre otros. alcances del fallo proferido por el Consejo de Estado sobre el factor de calidad de. no se deduce del hecho de darle fuerza de ley a éste, que no lo tiene, sino del. reglamentarios de rango inferior a los que expide el presidente de la. En todo caso, la interpretación del no cumplimiento, por parte del Juez o Tribunal. con fuerza material de Ley o Acto Administrativo, conocerán en primera instancia. El reparto se efectuará por el Presidente de la Corporación, entre todos los. se fijará al día siguiente de proferidas y se comunicarán por vía telegráfica. sentencia del 14 de abril de 2010, proferida por el Tribunal Administrativo de. actividad del Congreso, pero tienen la misma fuerza de una ley. En. el Presidente de la República y que desciende y se extiende hacia y por otros órganos. procedimiento, pero que se dicta luego de proferido el real acto administrativo. | ||||||
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