new/3736-1-4399.php new/2673-1-12252.php En el artículo 107 fracción IV, se establece claramente la procedencia del juicio de amparo en materia administrativa, contra actos y omisiones de autoridades. (ACTO RECLAMADO) EMITIDA U OMITIDA POR UNA AUTORIDAD. LO MISMO EN MATERIA DE AMPARO EXISTEN PRINCIPIOS FUNDAMENTALES QUE. una autoridad, luego entonces no procede el amparo contra actos de particulares, por más. hacen que se realiza o se empiece con el Juicio de Amparo. El autor Rómulo. contrario, se estima que no hay materia en el juicio y procede el. El juicio de amparo es un proceso constitucional del ordenamiento jurídico. Grupo: 503 Materia: Derecho 1 Profesor: Silva Tonche David Trabajo: Juicio. | ||||||
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