III. Las sociedades extranjeras ó las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio. Art. 4°. Las personas que. Código de Comercio - PANAMÁ. 2. Derecho comercial. 3. Quiebra - Panamá. I. Título. Se aprueba el Código de Comercio elaborado por la Comisión Codificadora. Decreto. en cuanto a ciertos Actos Ejecutados por el Fallido.189. Derecho Comercial, Teoría de los Actos de Comercio y Estatuto Jurídico. art. 3° del Código de Comercio. En este contexto, el autor no solo exa- mina los actos. | ||||||
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