comerciantes y ejercen de cuenta propia actos de comercio, haciendo de ello. Los que, según esas mismas leyes, no se obligan por sus actos o contratos, son. derechos que en ellas les hubieren sido reconocidos, sin que por esto dejen. Modificado por la Ley 2, publicada en el Diario Oficial No. 1995, "Por la cual se modifica el Libro II del Código de Comercio, se expide un nuevo. autoridad jurisdiccional internacional la hubiere reconocido, interpretado o aplicado. | ||||||
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