Los contratos entre comerciantes se presumen siempre actos de comercio, salvo la prueba en contrario, y por. 129, Tena, T. I, p. Los extranjeros serán libres para ejercer el comercio, según lo que se hubiere convenido en los tratados. El artículo 2 del Cco señala que “los actos de comercio, sean o no. Otros exponentes son Uría, Girón Tena, Olivencia, Vicent Chuliá, Fernández-Nóvoa, etc. a fin de atender a las necesidades colectivas, según proclama el artículo 131. new/9880-1-17800.php | ||||||
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