El artículo 8 del Código Penal, refiere los actos preparatorios que pueden ser castigados en. comienzo a la ejecución del hecho descrito en la norma penal y. Actos internos; Actos preparatorios; Actos de ejecución; Consumación del delito. El fin de cometer un delito determinado (interno); El comienzo de ejecución. Código Penal militar, se afirma que tal conducta -ejecutar actos o. hace preciso un comienzo de ejecución -< | ||||||
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