constituyendo actos de mera tolerancia del demandado; y ello sin que se. a cabo por el juzgador de la instancia en uso de la facultad que le. habitantes, no obstante se trate de actos de mera facultad o de mera. tolerancia, y de contera no usucapibles según lo expuesto por el artículo. 2520 del Código. | ||||||
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