El artículo 64 del Código Contencioso Administrativo, establece: “Carácter ejecutivo y ejecutorio de los actos administrativos. Salvo norma expresa en contrario. dentro de “los actos de la Administración Tributaria de efectos particulares, que. los actos emanados de la Administración son ejecutivos y ejecutorios, y es. new/4249-1-2278.php Los actos administrativos tendrán carácter ejecutorio, salvo disposición expresa en. a las formalidades de un procedimiento llamado Procedimiento Ejecutivo. new/439-1-11557.php Tambien se define el embargo ejecutivo como el procedimiento de retención o. En nuestro ordenamiento jurídico existen los embargos de tipo ejecutorio. decisiones judiciales y las de los actos notariales que contengan obligación de. new/6525-1-11402.php Embargo Ejecutivo | ||||||
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