c) Negocio jurídico inter vivos sea de carácter oneroso o lucrativo. de este impuesto con excepción de los actos de última voluntad. También. Artículo 468. Constitución del usufructo. El usufructo se constituye por la ley, por la voluntad de los particulares manifestada en actos entre vivos o en última. En los actos o contratos < | ||||||
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