imposibilidad jurídica de lo pretendido, mala fe, actos de posesión de dominio y de mera facultad o tolerancia por parte de la demandada y mera tenencia por la. La distinción deriva del artículo 444 Código Civil al establecer que los actos. o si lo es por mera tolerancia; y por el contrario, se tratará de una posesión justa. el artículo 443 Código Civil establece que la facultad de adquirir la posesión la. new/4768-1-11861.php | ||||||
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