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También son normas jurídicas las que emanan de actos y contratos. Normas imperativas: Obligan independientemente de la voluntad del individuo. Normas dispositivas: Obligan cuando no existe una voluntad expresa en contrario del individuo. Normas prohibitivas: Impiden o niegan la posibilidad de hacer algo. Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto. da lugar a un pacto nulo, subsumible en el calor anatema del artículo 6 del Código Civil: <||||||
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