manifiesta, de los actos anulables, o de nulidad dependiente de juzgamiento; y b). En cambio la distinción entre nulidad absoluta y nulidad relativa se funda. 2 Este punto es retomado en el capítulo relativo a los efectos de la sentencia de nulidad, ya que cuando hablamos de efectos en un acto jurídico no ejecutado. | ||||||
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