Artículo 75.- La ley reputa actos de comercio: I.- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de. operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados. Son aplicables a los venduteros las disposiciones de los artículos 67, 74, 75, 77. new/9598-1-3091.php El Título II del Libro Sexto del Código de Comercio, que trata del concepto de quiebra, fue derogado expresa e íntegramente por el artículo. | ||||||
Home | Products | Services | Click Print | Contact Us | What's New | ||||||
|