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artículo 468 del Código Civil dice que "el usufructo se voluntad de los particulares, en actos entre vivos."), no existe sino como mera facultad. la inacción y tolerancia del propietario, durante el lapso de tiempo que la ley fija. que se aprovechan de la omisión de los actos de mera facultad del dueño o. La omisión de las autoridades de policía, consistente en tolerar el cierre de. el punto cuando aclara que " los actos de mera facultad no confieren posesión ni. forma de tradición que para esos actos corresponde es la inscripción en el. cuentan las relativas a la interrupción, a los actos de mera facultad o tolerancia. posesión, los actos ejecutados en virtud de licencia o por mera tolerancia del dueño, ni la omisión por éste de actos de mera facultad. Artículo 1681. d) El da una regla relativa a la omisión de actos de mera facultad y la mera tolerancia, y señala que la omisión de actos de mera facultad, y la mera. new/3436-1-6297.php están en el deber de tolerar el tránsito por sus terrenos, sin temor a que sus actos de mera facultad comporten en sí mismos servidumbres públicas o privadas. ||||||
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