En su artículo 8º2 la LPAG define al acto administrativo válido como aquel. citado artículo 14º de la LPAG tienen por objetivo privilegiar la eficacia de la actuación. solicitar la nulidad de los actos administrativos a través de los recursos. Contra los actos administrativos dictados en materia fiscal federal. El recurso de revocación se tiene 45 días hábiles para presentarlo. | ||||||
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