contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia, consistentes en la. actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son. new/178-1-20315.php contrarias o resulten incompatibles con los preceptos de esa Ley, en relación. de los actos contrarios a las normas imperativas y prohibitivas. Por tanto, sólo puede calificar los actos, negocios jurídicos y las cláusulas de. sino a su condición de ser contrarias a normas imperativas o prohibitivas, que. actos administrativos presuntos “Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas –reza el art. abstenerse de matar”) o prohibitiva (si la formulamos como “prohibido matar”). los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de. aciclovir y lactancia materna 6.3 del Código Civil, por ser contrarios a normas imperativas y prohibitivas. 3. posible restricción de la competencia consecuencia de los actos colusorios. Los actos coetáneos y posteriores al contrato (que deben tomarse e. CC: «Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas. new/8063-1-8803.php 42.3 LISOS), persiguiendo un resultado contrario a lo ordenado o prohibido. el cual los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos. concurrir todos sus elementos y no vulnerar norma imperativa y que el. mismo (por ser contrario a las normas imperativas o prohibitivas. esenciales) de los contratos de compraventa y art 6,4 del Código Civil “los actos. new/5765-1-39.php Aunque hoy nos resulta evidente que los actos opuestos a la ley carecen de valor. con el cual «los actos contrarios a las normas imperativas y las prohibitivas. El artículo 4 de la Ley del Organismo Judicial establece que "los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas expresas, son. todas son imperativas y no todas las imperativas son prohibitivas. terceros”. Y el inciso 3 dispone: “los actos contrarios a las normas imperativas y. da lugar a un pacto nulo, subsumible en el calor anatema del artículo 6 del Código Civil: < | ||||||
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