dentro de la regulación de la prescripción adquisitiva de dominio se señala que la omisión de actos de mera facultad y la mera tolerancia de actos de que no. Donde hay posesión inscrita, la mera tenencia nunca podrá devenir en posesión. de modo que los actos de tolerancia y la falta de actos de mera voluntad no. Y en el caso objeto de las actuaciones no existen actos obstativos. no es más que un acto de mera tolerancia del propietario de la propiedad. | ||||||
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